«Si no fuera por los baches encontrados, con casi total seguridad el accidente no se hubiera producido». Éste es el principal argumento en el que se basa el juez José Espinosa, titular del juzgado de Instrucción número 2 de Eivissa, para absolver de la comisión de una imprudencia al conductor que por esquivar dichos obstáculos se vio implicado el pasado 6 de agosto en un accidente mortal que costó la vida a un motorista en el Camí Vell de Sant Mateu. La resolución, sin embargo, deja abierta la vía civil para emprender acciones legales.
«Ambos vehículos circulaban por un camino vecinal asfaltado pero que carecía de línea divisoria pintada para distinguir los carriles, teniendo además dicho camino dos importantes baches», explica el magistrado en su sentencia.
En este sentido, el juez Espinosa valora todos estas circunstancias para entender la tesitura en la que se encontró el conductor instantes antes de que se produjera el choque por el que pereció la víctima, persona que falleció en el hospital después de que hubiera sido necesario amputarle un brazo y una pierna por las graves lesiones que presentaba.
El propio juez, que resuelve que la causa «eficiente y principal» fue el mal estado de la vía, también se hace eco de que un día después del siniestro el Ayuntamiento de Sant Antoni inició el parcheado de la carretera. «No negamos la culpabilidad del conductor denunciado, por no circular pegado a su derecha, como establece la ley de tráfico y el reglamento general de circulación, pero no toda infracción administrativa se traduce en un lícito penal. Al respecto, el juez sí entiende que se hubiera cometido al menos una falta si hubiera habido una invasión total de la calzada sin ninguna causa para ello.
El acusado se enfrentaba por este caso a una pena de multa, a la privación del carné de conducir y al pago de fuertes indemnizaciones.