El actor escocés Sean Connery y su esposa, Micheline Connery, han sido imputados de nuevo por un juzgado, en este caso por un delito fiscal de 1,6 millones de euros tras la venta de unos terrenos por parte de una empresa vinculada al matrimonio.
El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Marbella (Málaga), Ricardo Puyol, argumenta en un auto que de la investigación del caso urbanístico denominado «Goldfinger» (donde también están imputados el actor y su mujer) se han averiguado unos hechos que determinarían otro delito fiscal.
Por ello, el magistrado entiende que «a raíz de la documentación intervenida» resulta pertinente la apertura de una pieza separada para investigar «los hechos que pudieran ser objeto de esos ilícitos penales».
El titular del Juzgado ordena que se libre una comisión rogatoria internacional y que se tome declaración en calidad de imputado al actor y a su mujer.
El primer procedimiento, conocido por el caso «Goldfinger» (en referencia a la película de 1964 en la que Sean Connery interpretó el papel del agente británico James Bond), investiga sobre la parcela conocida como Malibú, situada en Marbella, donde se ubicaba el chalé del actor y donde hoy hay 72 inmuebles de lujo.
Durante sus estancias vacacionales en Marbella hasta 1999, el actor residía con su mujer en el chalé Malibú, sobre cuya parcela -en primera línea de playa- se sitúa hoy un edificio de cuatro alturas, terminado entre 2004 y 2005 y conocido con el nombre del anterior inmueble.
La pieza separada por la que ahora han sido citados en calidad de imputados es «Colinas del Limonar», en Málaga capital, donde la venta de aprovechamientos urbanísticos por una empresa vinculada con el actor habría podido generar un delito fiscal de 1.642.576,51 euros.
Según las investigaciones, la sociedad Montelagares SA, vinculada a Connery, figura como titular registral de dos fincas, situadas en el partido de Los Almendrales de Málaga capital y afectadas al cumplimiento de las obligaciones inherentes al sistema de compensación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
Supuestamente la operación no fue declarada en la correspondiente liquidación del Impuesto sobre Sociedades debido a que no se presentó, aunque sí se declaró e ingresó el IVA.
El instructor acuerda con «carácter urgente e inmediato» que se libren los oportunos despachos para que se facilite a la Policía el acceso a los movimientos bancarios y demás información.
Además, acuerda el «inmediato bloqueo y embargo preventivo» de una serie de cuentas bancarias, depósitos, valores, títulos y acciones, entre otros, y que si existen «cajas de seguridad», se comunique inmediatamente su existencia y se proceda a su bloqueo, autorizando su apertura.
El magistrado mantiene que un despacho de abogados podría haber formado parte de un entramado instrumental para cometer graves delitos que pudieran ser de malversación de caudales públicos, cohecho, fraude, contra la hacienda pública y blanqueo de capitales.