La magistrada presidenta del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Baleares ha dictado una sentencia en la que condena a I.C.N. por incendiar una vivienda y provocar la muerte de un anciano enfermo mientras dormía en su casa de ses Païsses a la pena de prisión permanente revisable. La jueza condena a la mujer por un delito de asesinato con alevosía sobre una persona especialmente vulnerable, en concurso de normas con un delito de incendio.
Según la resolución, la procesada no podrá optar al tercer grado penitenciario hasta que no cumpla 15 años de prisión y tampoco podrá disfrutar de permisos de salida hasta que pase 8 años en la cárcel.
Por otra parte, la mujer podrá optar a la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta una vez cumpla 25 años de su condena y en el caso que se den los requisitos previstos en el artículo 92 del Código Penal.
Indemnización
En cuanto a la responsabilidad civil, la condenada deberá indemnizar a la mujer del fallecido con 86.484,01 euros; y a sus tres hijos con 62.268,49 euros a cada uno. Por otra parte también deberá pagar 48.201,07 y 179,38 euros por los desperfectos ocasionados en el inmueble incendiado.
Atenuante simple
De acuerdo con la sentencia, «conforme las conclusiones de los miembros del Jurado y la doctrina del Tribunal Supremo, resulta justificado aplicar a la Sra. I.C.N. la circunstancia atenuante analógica simple de alteración psíquica». No obstante, según la magistrada, «la atenuante simple apreciada a la acusada no afecta a la individualización de la pena, al no ser posible fijar medidas inferiores de la pena de prisión permanente revisable ya que dicha pena no tiene un arco penológico a valorar».
Cabe recordar que el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Baleares consideró que la acusada padece un trastorno esquizoafectivo, pero que en el momento de los hechos sus capacidades no estaban completamente anuladas.
El Jurado emitió un veredicto de culpabilidad contra I.C.N. acusada por el Ministerio Fiscal de provocar un incendio que acabó con la vida de un hombre de 77 años en Ibiza en 2023. Los miembros del Jurado consideraron probado que la procesada conocía previamente la vivienda a la que accedió con una llave, por haber mantenido una relación sentimental con el hijo del matrimonio que se encontraba durmiendo cuando sucedieron los hechos y por haberlos cuidado con anterioridad. Los miembros del Jurado señalaron que la procesada realizó dicho hecho aprovechando que estaban dormidos con intención de asegurar el resultado letal buscado sin asumir riesgo propio y sin que pudieran escapar del fuego.
Por último, cabe destacar que la sentencia no es firme, cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.
M Men francia acaban de meter en la carcel a una loca por raptar, torturar, violar y matar una niña de 12 años. a este loca le metieron la maxima pena posible en Francia y es la unica mujer con esa condena. Permanente sin posibilidad de salir. es decir que morira ahi.